Etiquetado

Rotulado de alimentos en Perú: qué debe decir tu etiqueta

Por Ing. Yody Lucas Olaza Salazar · Publicado el 20 de octubre de 2026 · Fuentes revisadas el 20 de octubre de 2026

Ilustración: etiqueta de producto

En resumen

Una etiqueta de alimento envasado debe identificar el producto, declarar sus ingredientes y aditivos, informar el contenido neto, el fabricante o importador, el registro sanitario cuando corresponde, el lote, la fecha de vencimiento y las condiciones de conservación, además de las advertencias octogonales si aplican. Los requisitos específicos dependen de la categoría del producto.

La base: qué identifica, qué contiene y quién responde

Piensa la etiqueta como la respuesta a tres preguntas del consumidor y de la autoridad: ¿qué es?, ¿qué contiene? y ¿quién responde por él? Toda la información obligatoria encaja en una de ellas.

Elemento Pregunta que responde Nota práctica
Nombre o denominación del producto ¿Qué es? Debe describir el producto real, no solo la marca.
Lista de ingredientes y aditivos ¿Qué contiene? En orden decreciente; debe coincidir con la fórmula registrada.
Contenido neto ¿Cuánto contiene? En unidades del sistema legal de medida.
Nombre y dirección del fabricante ¿Quién responde? Y del importador, si es importado.
Número de registro sanitario ¿Está autorizado? Cuando el producto lo requiere.
Código de lote ¿De qué producción viene? Permite la trazabilidad y los retiros.
Fecha de vencimiento ¿Hasta cuándo? Cuando corresponda según el producto.
Condiciones de conservación ¿Cómo se guarda? Especialmente si requiere frío o cuidados especiales.
Advertencias octogonales ¿Supera parámetros? Solo si aplica; ver la guía de octógonos.

Esta tabla resume los elementos del rotulado previstos en el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (D.S. N.º 007-98-SA) y en la Ley N.º 28405. En la práctica, DIGESA pide que el proyecto de rotulado se ajuste también a la NTP 209.038 (Alimentos envasados. Etiquetado) de INACAL.

Otras referencias técnicas útiles de INACAL:

  • NMP 001, norma metrológica sobre etiquetado de preenvasados: identidad del producto, responsable y declaración de la cantidad (contenido neto, peso escurrido cuando corresponde).
  • NTP 209.652:2025, sobre etiquetado nutricional.
  • GP 110:2022, guía para colocar las advertencias octogonales.

Las normas técnicas peruanas son, en principio, de aplicación voluntaria, salvo que una norma sanitaria las haga exigibles o se pidan en el trámite. Hay categorías con requisitos adicionales: revisa la norma específica de tu producto.

Diseño no es lo mismo que cumplimiento

Una etiqueta puede ser preciosa y estar mal. El diseño resuelve la comunicación; la revisión técnica comprueba que cada dato sea obligatorio, correcto y coherente con la ficha técnica, la fórmula y los análisis. Te recomendamos este orden:

  1. Redactar el texto técnico del rotulado.
  2. Validarlo contra la normativa y la ficha técnica.
  3. Pasarlo al diseño gráfico.
  4. Revisar la prueba final antes de imprimir.

Los errores que más vemos

  • Ingredientes en otro orden o con nombres distintos a los de la fórmula.
  • Aditivos sin declarar porque vienen dentro de un ingrediente compuesto, o declarados sin su nombre o código SIN.
  • Lote y vencimiento impresos en una zona que se borra o se corta.
  • Octógonos con tamaño o ubicación incorrectos, o calculados sobre la porción en lugar de 100 g/ml.
  • Declaraciones como “natural” o “saludable” sin sustento: pueden generar problemas ante Indecopi.

Productos importados

Si importas, la etiqueta debe adaptarse al mercado peruano: idioma, datos del importador y requisitos locales. Una sobreetiqueta es posible en muchos casos, pero debe estar bien adherida y no tapar información obligatoria.

¿Quieres una segunda mirada antes de imprimir? Revisa el servicio de etiquetado y rotulado.

Fuentes oficiales consultadas

  1. D.S. N.º 007-98-SA — Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (y modificatorias) — MINSA. Vigencia por confirmar
    Consultada: 2026-10-20 · Citado como vigente y modificado por el D.S. N.º 004-2014-SA en el Comunicado N.º 010-2025-DIGESA/MINSA. Confirmar el texto consolidado vigente.
  2. Ley N.º 28405 — Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados — Congreso de la República. Vigencia por confirmar
    Consultada: 2026-10-20 · Confirmar texto y reglamento vigentes en El Peruano / SPIJ.
  3. NTP 209.038 — Alimentos envasados. Etiquetado — INACAL. Vigencia por confirmar
    Consultada: 2026-10-20 · Confirmar la edición vigente en el catálogo de INACAL.
  4. NMP 001 — Requisitos para el etiquetado de preenvasados — INACAL (Dirección de Metrología). Vigencia por confirmar
    Consultada: 2026-10-20 · Confirmar la edición vigente.
  5. D.S. N.º 012-2018-SA — Manual de Advertencias Publicitarias (Ley N.º 30021) — MINSA. Verificada
    Consultada: 2026-10-20
  6. Guía Peruana GP 110:2022 — Alimentos envasados (aplicación de advertencias publicitarias) — INACAL (vía Agencia Andina). Verificada
    Consultada: 2026-10-20
  7. Indecopi — Protección al consumidor y fiscalización de rotulado — Indecopi. Verificada
    Consultada: 2026-10-20