Rotulado de alimentos en Perú: qué debe decir tu etiqueta
Por Ing. Yody Lucas Olaza Salazar · Publicado el 20 de octubre de 2026 · Fuentes revisadas el 20 de octubre de 2026
En resumen
Una etiqueta de alimento envasado debe identificar el producto, declarar sus ingredientes y aditivos, informar el contenido neto, el fabricante o importador, el registro sanitario cuando corresponde, el lote, la fecha de vencimiento y las condiciones de conservación, además de las advertencias octogonales si aplican. Los requisitos específicos dependen de la categoría del producto.
La base: qué identifica, qué contiene y quién responde
Piensa la etiqueta como la respuesta a tres preguntas del consumidor y de la autoridad: ¿qué es?, ¿qué contiene? y ¿quién responde por él? Toda la información obligatoria encaja en una de ellas.
| Elemento | Pregunta que responde | Nota práctica |
|---|---|---|
| Nombre o denominación del producto | ¿Qué es? | Debe describir el producto real, no solo la marca. |
| Lista de ingredientes y aditivos | ¿Qué contiene? | En orden decreciente; debe coincidir con la fórmula registrada. |
| Contenido neto | ¿Cuánto contiene? | En unidades del sistema legal de medida. |
| Nombre y dirección del fabricante | ¿Quién responde? | Y del importador, si es importado. |
| Número de registro sanitario | ¿Está autorizado? | Cuando el producto lo requiere. |
| Código de lote | ¿De qué producción viene? | Permite la trazabilidad y los retiros. |
| Fecha de vencimiento | ¿Hasta cuándo? | Cuando corresponda según el producto. |
| Condiciones de conservación | ¿Cómo se guarda? | Especialmente si requiere frío o cuidados especiales. |
| Advertencias octogonales | ¿Supera parámetros? | Solo si aplica; ver la guía de octógonos. |
Esta tabla resume los elementos del rotulado previstos en el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (D.S. N.º 007-98-SA) y en la Ley N.º 28405. En la práctica, DIGESA pide que el proyecto de rotulado se ajuste también a la NTP 209.038 (Alimentos envasados. Etiquetado) de INACAL.
Otras referencias técnicas útiles de INACAL:
- NMP 001, norma metrológica sobre etiquetado de preenvasados: identidad del producto, responsable y declaración de la cantidad (contenido neto, peso escurrido cuando corresponde).
- NTP 209.652:2025, sobre etiquetado nutricional.
- GP 110:2022, guía para colocar las advertencias octogonales.
Las normas técnicas peruanas son, en principio, de aplicación voluntaria, salvo que una norma sanitaria las haga exigibles o se pidan en el trámite. Hay categorías con requisitos adicionales: revisa la norma específica de tu producto.
Diseño no es lo mismo que cumplimiento
Una etiqueta puede ser preciosa y estar mal. El diseño resuelve la comunicación; la revisión técnica comprueba que cada dato sea obligatorio, correcto y coherente con la ficha técnica, la fórmula y los análisis. Te recomendamos este orden:
- Redactar el texto técnico del rotulado.
- Validarlo contra la normativa y la ficha técnica.
- Pasarlo al diseño gráfico.
- Revisar la prueba final antes de imprimir.
Los errores que más vemos
- Ingredientes en otro orden o con nombres distintos a los de la fórmula.
- Aditivos sin declarar porque vienen dentro de un ingrediente compuesto, o declarados sin su nombre o código SIN.
- Lote y vencimiento impresos en una zona que se borra o se corta.
- Octógonos con tamaño o ubicación incorrectos, o calculados sobre la porción en lugar de 100 g/ml.
- Declaraciones como “natural” o “saludable” sin sustento: pueden generar problemas ante Indecopi.
Productos importados
Si importas, la etiqueta debe adaptarse al mercado peruano: idioma, datos del importador y requisitos locales. Una sobreetiqueta es posible en muchos casos, pero debe estar bien adherida y no tapar información obligatoria.
¿Quieres una segunda mirada antes de imprimir? Revisa el servicio de etiquetado y rotulado.
Fuentes oficiales consultadas
- D.S. N.º 007-98-SA — Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (y modificatorias) — MINSA.
Vigencia por confirmar
Consultada: 2026-10-20 · Citado como vigente y modificado por el D.S. N.º 004-2014-SA en el Comunicado N.º 010-2025-DIGESA/MINSA. Confirmar el texto consolidado vigente. - Ley N.º 28405 — Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados — Congreso de la República.
Vigencia por confirmar
Consultada: 2026-10-20 · Confirmar texto y reglamento vigentes en El Peruano / SPIJ. - NTP 209.038 — Alimentos envasados. Etiquetado — INACAL.
Vigencia por confirmar
Consultada: 2026-10-20 · Confirmar la edición vigente en el catálogo de INACAL. - NMP 001 — Requisitos para el etiquetado de preenvasados — INACAL (Dirección de Metrología).
Vigencia por confirmar
Consultada: 2026-10-20 · Confirmar la edición vigente. - D.S. N.º 012-2018-SA — Manual de Advertencias Publicitarias (Ley N.º 30021) — MINSA.
Verificada
Consultada: 2026-10-20 - Guía Peruana GP 110:2022 — Alimentos envasados (aplicación de advertencias publicitarias) — INACAL (vía Agencia Andina).
Verificada
Consultada: 2026-10-20 - Indecopi — Protección al consumidor y fiscalización de rotulado — Indecopi.
Verificada
Consultada: 2026-10-20